jueves, 24 de febrero de 2011

RIESGOS FINANCIEROS



Para ponernos en antecedentes sobre este tema, vamos a empezar con la definición de riesgo, y luego lo aplicaremos al mundo financiero:

El riesgo es la probabilidad de un evento adverso y sus consecuencias.

Así, cuando hablamos de riesgo financiero, nos vamos a referir a la probabilidad de que ocurra un evento que tenga consecuencias financieras negativas para una organización.

El concepto debe entenderse en sentido amplio, incluyendo la posibilidad de que los resultados financieros sean mayores o menores de los esperados. 


Es necesario realizar un análisis del riesgo, ya que éste determinará el grado de apalancamiento financiero que tenga la empresa en un momento determinado.

El apalancamiento financiero acentúa el hecho de que a medida que aumentan los cargos fijos, también aumenta el nivel de utilidades antes de impuestos necesario para cubrir los cargos financieros de la empresa, se puede calcular por medio de la razón deuda capital, la razón de deuda a largo plazo o la razón de capital preferente a capital total.

Los analistas financieros calculan estas razones para determinar la solidez financiera de la empresa, determinando que entre más alto sea el grado de apalancamiento, mayor es el nivel de riesgo, estableciendo así una relación entre los cargos financieros fijos que deben pagarse y los fondos invertidos en la empresa. 



En relación al plazo de la deuda es necesario señalar que el corto plazo tiene un riesgo mayor que el largo plazo. 
Entre otras, podemos señalar dos razones importantes:
 - Primero, el tipo de interés a corto plazo es más volátil que el tipo a largo así cada vez que hay que renovar la deuda a corto plazo, nos encontraremos con que los tipos han variado, lo que ocurrirá en menor medida si la deuda es a largo plazo y el tipo de interés de la misma es fijo. 
 - En segundo lugar, si la empresa necesita renovar el préstamo no hay forma de conocer con certeza si el actual prestamista, estará dispuesto a volver a prestarle el dinero que necesita. 

Desde el punto de vista del inversor, la forma de protegerse contra el riesgo financiero colocando su dinero en organizaciones que carezcan de riesgo de insolvencia o que lo tengan muy bajo. Por ejemplo, el Estado, empresas públicas y empresas privadas con bajos coeficientes de endeudamiento. También añadir que un negocio con bajo riesgo económico tendrá pocas probabilidades de encontrarse en dificultades a la hora de hacer frente a deudas.

A diferencia de la incertidumbre, la cual no es posible prever por no tener información o conocimiento del futuro, los riesgos pueden distinguirse por ser “visibles” pudiendo minimizar sus efectos.
Como medidas fundamentales para no incurrir en riesgos financieros podemos destacar:

 - Una administración llevada por profesionales, especializada en nuevas tendencias del sistema financiero y acorde con los tiempos actuales.

 - Una regulación prudencial establecida por la autoridad competente, respaldada por el directorio y cumplida por el gerente.

 - Una innovación tecnológica permanente



CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS:

  • RIESGO DE CRÉDITO

Son quizá, los más importantes porque afectan el activo principal. Una política liberal de aprobación de créditos generada por contar con excesivos niveles de liquidez, y altos costes de captación, o por un relajamiento de la exigencia de evaluación de los clientes sujetos de crédito, ocasiona una alta morosidad.


  • RIESGOS DE MERCADO

Se da debido a las variaciones imprevistas de los precios de los instrumentos de negociación. Cada día se cierran muchas empresas y otras tienen éxito. Es la capacidad empresarial y de gestión la que permitirá ver el futuro y elegir productos de éxito para mantener la lealtad de los clientes, preservar la imagen y la confianza.

  • RIESGO DE TASAS DE INTERÉS

Es producido por la falta de correspondencia en el montante y el vencimiento de activos, pasivos y cobros fuera del balance. Generalmente cuando se obtiene créditos a tasas variables. En ciertos mercados la demanda de dinero puede afectar las tasas de interés pudiendo llegar por efecto de cambios en la economía internacional a niveles como los de la crisis de la deuda.

  • RIESGO DE LIQUIDEZ O FONDEO

Se produce a consecuencia de continuas pérdidas de cartera, que deteriora el capital de trabajo. Un crecimiento desmesurado de las obligaciones también puede conducir al riesgo de pérdida de liquidez.

  • RIESGO DE CAMBIO

Originado en las fluctuaciones del valor de las monedas. Las economías de los países en vías de desarrollo como el nuestro no están libres de que crezca la brecha comercial o de balanza de pagos. La consecuencia normal es la devaluación del tipo de cambio, que afectará elevando el valor de los créditos otorgados en dólares, pudiendo resultar impagables por los deudores si su actividad económica genera ingresos en moneda nacional. Para protegerse de este riesgo, es necesario seleccionar la cartera de prestatarios colocando créditos en moneda extranjera solo a quienes operan en esta moneda, y asumir una regla de encalze entre lo captado y lo colocado.


  • RIESGO DE INSUFICIENCIA PATRIMONIAL

El riesgo de insuficiencia patrimonial, se define como el que las Instituciones no tengan el tamaño de capital adecuado para el nivel de sus operaciones corregidas por su riesgo crediticio.

  • RIESGO DE ENDEUDAMIENTO Y ESTRUCTURA DE PASIVO

Se define como el no contar con las fuentes de recursos adecuados para el tipo de activos que los objetivos corporativos señalen. Esto incluye, el no poder mantener niveles de liquidez adecuados y recursos al menor costo posible.

  • RIESGO DE GESTIÓN OPERATIVA

Se entiende por riesgos de operación a la posibilidad de ocurrencia de pérdidas financieras por deficiencias o fallas en los procesos internos, en la tecnología de información, en las personas o por ocurrencias de eventos externos adversos.

Es el riesgo de que los otros gastos necesarios para la gestión operativa de la Institución. Un buen manejo del riesgo operativo, indica que vienen desempeñándose de manera eficiente.


  • RIESGO LEGAL

Se puede producir a consecuencia de los cambios legales o de las normas de un país, que puede poner en desventaja a una institución frente a otras. Cambios abruptos de legislación puede ocasionar la confusión, pérdida de la confianza y un posible pánico.

  • RIESGO SOBERANO

Se refiere a la posibilidad de incumplimiento de las obligaciones de parte del estado.

  • RIESGO SISTÉMICO

Se refiere al conjunto del sistema financiero del país frente a choques internos o externos.

martes, 22 de febrero de 2011

Oferta Pública de Acciones

Aunque muchos de nosotros estamos acostumbrados a escuchar el término OPA en la televisión o en noticias económicas, no todos conocemos su significado. Con este post, pretendo dar a conocer unas nociones básicas sobre este tema. Espero que os sea útil!




Para iniciar este post, comenzaremos por la definición de OPA u Oferta Pública de Acciones u otros valores:
La OPA es una operación bursátil entre empresas que cotizan en bolsa. Tiene lugar cuando un individuo o entidad (oferente), pretende adquirir acciones (u otros valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de éstas) de una sociedad (sociedad afectada), cuyo capital esté en todo o en parte admitido a negociación en bolsa de valores, para de esta forma llegar a alcanzar, junto con la que ya se posea, en su caso, una participación significativa en el capital con derecho de voto de la sociedad. El objetivo de la OPA es la toma de control de la sociedad objeto de la oferta.
Como valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de acciones, se encuentran los derechos de suscripción, las obligaciones convertibles, warrants o similares.
Se considera participación significativa la que iguale o supere el 25% del capital de la sociedad afectada.

Uno de los factores más importante es el precio que se ofrece por la empresa que se desea adquirir. Para esto hay que tener en cuenta varios factores económicos, siendo muy importante realizar un profundo análisis de la situación económica de la empresa en cuestión para determinar cuánto se puede y se debe pagar por ella, para que esa cantidad sea un precio justo.
En este sentido, es necesario hacer un análisis fundamental de la compañía, valorando su cuenta de resultados, sus balances y, en particular, aspectos como su endeudamiento, sus flujos de caja, reservas.
En general, la OPA suele ofrecer un precio superior al del mercado, es decir al que cotiza la acción en el momento de realizar la oferta, pero no es imprescindible. Aunque la oferta sea poco atractiva, suele ser conveniente que los pequeños accionistas acudan a ella porque, una vez cerrada la OPA, la alternativa es mantener unos títulos con poca liquidez y mínimos cambios en la cotización. Otra posibilidad es que la OPA fracase por falta de atractivo.
Para el accionista, lo más interesante es recibir el 100% en efectivo, aunque la empresa que lanza la OPA puede decidir ofrecer parte en efectivo y parte en acciones.


Tipos de opas:
Las opas reciben distintas denominaciones según su finalidad y características:
  •         Opas obligatorias /opas voluntarias: la legislación establece determinados supuestos en los que es obligatorio lanzar una OPA (toma de control, exclusión y reducción de capital.). Las OPAs obligatorias se presentan por el 100%  de las acciones de la compañía a un precio equitativo y no pueden estar sujetas a condición alguna. Las OPAs voluntarias no están sujetas a requisitos legales de precio o número de acciones y el oferente sí puede establecer condiciones.
  •         Las OPAs por toma de control tienen como finalidad permitir a los accionistas de la sociedad opada, vender sus acciones a un precio equitativo, una vez que la sociedad oferente tiene el control de la sociedad opada.
  •         Se habla de OPA competidora cuando la oferta afecta a los valores sobre los que ya se ha presentado otra OPA cuyo plazo de aceptación aún no ha finalizado.
  •         Las OPAs de exclusión tiene como objetivo permitir a los accionistas vender sus acciones antes de que la compañía deje de cotizar en bolsa; en este tipo de OPAs, la contraprestación será siempre en dinero.
  •         Las OPAs se consideran “amistosas” si se presentan tras un acuerdo entre la sociedad oferente y los accionistas significativos o el Consejo de Administración de la sociedad opada. Si no media acuerdo previo, suelen denominarse “opas hostiles”, si bien este calificativo no prejuzga su posible interés para los accionistas.


Aquí debemos diferenciar un término muy parecido, la Oferta Pública de Venta (OPV) que es una operación bursátil en la que un individuo o entidad se dirige a los inversores anunciándoles su intención de vender un paquete significativo de una sociedad en unas condiciones determinadas. Así, puede darse el caso de que se venda un paquete significativo de una sociedad que ya cotice en bolsa o que lo haga por primera vez

En otras palabras, una OPV es cuando una empresa pone a la venta acciones, de modo que Ofrece al Público unas acciones que pone a la Venta.

Por último, vamos a señalar una serie de palabras importantes que debemos conocer cuando nos adentramos en este tema:

  • Caballero blanco («white knight»): Empresa a la que recurre una compañía que esté siendo objetivo de una OPA hostil, para que la contrarreste presentando otra oferta de adquisición con mejores condiciones sobre la primera (precio más elevado, dirigida a un mayor número de accionistas, etc.). Es decir, la empresa que va a ser adquirida intenta elegir un comprador que, por motivos estratégicos o económicos, se considere preferible al que ha presentado la OPA hostil.
  • Derecho de asistencia y voto («right to asist and vote»): Constituyen el derecho básico del accionista. Para ejercerlos es necesario poseer el número de acciones mínimo establecido por los estatutos de la sociedad, o agruparse con otros accionistas.
  • OPA parcial («partial takeover bid»): Oferta pública de adquisición que se dirige a un número de valores inferior al total. Su formulación sólo será posible cuando el oferente no vaya a alcanzar una participación de control; o quien, ostentando ya una participación de control, pueda incrementar su participación en la sociedad afectada sin tener que formular una OPA de forma obligatoria.
  • Participación significativa («significant stake»): Porcentaje del capital de una sociedad en manos de un accionista y que supera un determinado umbral fijado en cada momento por la normativa. En estos momentos, un accionista tiene una participación significativa cuando posee al menos un tres por ciento del capital social de una sociedad cotizada.

Fuentes:

http://es.wikipedia.org/wiki/Oferta_p%C3%BAblica_de_adquisici%C3%B3n


http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Fichas/FOLLETO_OPA.PDF



lunes, 7 de febrero de 2011

LA CRISIS DE DEUDA PÚBLICA

LA CRISIS
Podemos empezar explicando el origen de la crisis que azota duramente nuestro país. Todo esto comenzó en el sector inmobiliario. Durante varios años, los bancos han otorgado prestamos hipotecario a personas insolvente, y para obtener liquidez han transformado en acciones los créditos.
Pero debemos señalar que todo empieza en Estados Unidos donde, para fomentar la economía se baja considerable el tipo de Interés de 6% a 1.75%.
La historia ha demostrado que el primer efecto de esta medida es que la actividad económica del sector inmobiliario crece al alza. (Esto ocurrió hasta 2004).
Pero los bancos cometieron un error irreparable: Atraídos por el dinero fácil, concedieron hipotecas a familias con rentas bajas, y con un tipo de interés variable.
Todos estaban lejos de imaginarse el desastre que iba a producirse.
Pero mientras tanto, la burbuja inmobiliaria, aumentaba. Y llego un momento en el que ya era tarde, y las caídas en bolsa de las empresas e inmobiliarias, impagos, y caída en venta de pisos fueron el resultado del estallido de la burbuja, que contaminó a Europa y a España poco tiempo después.
El resultado en España es que el impago de la hipoteca sigue subiendo, el precio de la vivienda bajando, y los efectos colaterales se hacen sentir ( paro, inflación, etc). No hay nada de momento que nos indique que hayamos tocado fondo.

Pero si os queda alguna duda, estoy segura de que el video siguiente os la resolverá.


La Teoría Ninja de Leopoldo Abadía


DEUDA PÚBLICA

Hasta antes del inicio de la crisis económica, los principales países del mundo como aquellos en vías de desarrollo manifestaban cierto atraso en la deuda pública. Sin embargo, una vez que el sector de las hipotecas en los Estados Unidos detonó, las consecuencias fueron nefastas, y una de las principales estrategias de los Gobiernos –como las empresas- fue recurrir al gasto público.
Por ello y por varios motivos más, una gran cantidad de naciones alrededor del mundo han incrementado a niveles muy altos la deuda pública de su economía.
Podemos destacar que entre los países mas afectados encontramos a España. Esta, se esta enfrentando a la crisis con niveles de emisión de deuda nunca antes visto Se estima que la cifra de deuda pública en 2012 llegará a 812.472 millones de euros. Y teniendo en cuenta las estimaciones demográficas del Instituto Nacional de Estadística para ese año, cada español tendría una deuda -en términos per cápita, no real- de 17.584 euros.

Lo cierto es que, finalmente, la gravedad de la situación es notoria pese a que muchos creen que la recesión podría llegar a su fin.

Ahora bien, volviendo al tema, podemos definir la deuda pública como el conjunto de rentas fijas que emite el Estado y que se corresponden con la deuda que tiene contraída con los inversores que han suscrito dichos valore. Constituye una forma de obtener recursos financieros por el estado o cualquier poder público materializada normalmente mediante emisiones de títulos de valores. Es además un instrumento que usan los Estados para resolver el problema de la falta puntual de dinero.
Así, podemos decir que la deuda pública es un instrumento financiero de naturaleza pasiva para el ente público emisor, que busca en los mercados nacionales o extranjeros captar fondos bajo la promesa de futuro pago y renta fijada por una tasa en los tiempos estipulados por el bono.
Además, el Estado puede utilizar la deuda como instrumento de política económica y en este caso debe utilizar la política de deuda que considera en cada momento más apropiada a los fines que persigue.
La deuda pública puede afectar de una manera más o menos directa, a variables económicas de las que depende básicamente el funcionamiento real de la economía, tales como la oferta monetaria, el tipo de interés, el ahorro y sus forma de canalización. la deuda pública es la obligación que tiene el estado por los préstamos totales acumulados que ha recibido o, por los que es responsable expresándose a través del valor monetario total de los bonos y obligaciones que se encuentran en manos del público.
El endeudamiento es un instrumento de la política monetaria y fiscal de los Estados. Gracias a la compraventa de títulos de deuda pública, un Estado puede aumentar o reducir la cantidad de dinero en circulación. Y aquí se pueden dar dos casos opuestos:
  • Si hay inflación sobra dinero en el mercado. El Estado puede vender deuda pública para así reducir la cantidad de dinero en circulación.
  • Si hay deflación el Estado puede comprar los títulos de deuda pública para aportar más dinero al mercado.
En la Unión Europea, dado que la política monetaria se ha cedido al Banco Central Europeo, los Estados tienen límites en la cantidad de deuda pública que pueden emitir, ya que sería una forma de interferir en la política monetaria común.
                - TITULOS DE DEUDA PÚBLICA EN ESPAÑA
  • Letras del Tesoro

Se crearon en junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones y se caracterizan por:
1.    Emitidas al descuento, por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso (nominal de 1.000 euros). La diferencia entre el valor de reembolso de la letra y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro.
2.    A plazo no superior a dieciocho meses, actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con tres plazos distintos:
• a seis meses.
• a un año.
• a dieciocho meses.
3.    Emitidas para su uso como instrumento regulador de la intervención en los mercados monetarios, sin perjuicio de que los fondos obtenidos por su emisión se apliquen a cualquiera de los destinos previstos en la Ley General Presupuestaria.
  • Bonos y obligaciones del Estado

La Deuda del Estado recibirá la denominación de bonos del Estado o de obligaciones del Estado según que su plazo de vida se encuentre entre dos y cinco años o sea superior a este plazo, respectivamente. Tienen las siguientes características:
1.    Son títulos con interés periódico, en forma de «cupón», a diferencia de las Letras del Tesoro, que pagan los intereses al vencimiento.
2.    Su valor nominal es de 1.000 euros, siendo el mínimo que puede solicitarse en una subasta, siendo las peticiones por importes múltiplos de 1.000 euros.
3.    El cupón que devenga se paga cada año y representa el tipo de interés «nominal» del bono o la obligación.
4.    El valor de amortización será la par, salvo que por Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se disponga un valor distinto o se trate de amortización anticipada por recompra o canje.
En la actualidad el Tesoro emite: